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Alfonso Balmori Martínez

Campo a través

Baladronada ministerial

 

Artículo publicado en “El Norte de Castilla” el lunes, 24 de dicembre de 2018

 

Desde la toma de posesión de la dimitida Ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Dña. Carmen Montón, y continuando con su sucesora Dña. María Luisa Carcedo, en estrecha colaboración con D. Pedro Duque, Ministro de Ciencia Innovación y Universidades, se ha venido realizando una cruzada paternalista para salvar a los pobres y desvalidos ciudadanos españolitos de las insurgencias pseudo-terapéuticas y pseudo-científicas. Esta campaña, que no ha dejado demasiado títere con cabeza, se ha dirigido curiosamente contra todo lo que no pase a engrosar la nómina de las empresas farmacéuticas, incluyendo especialidades tan reconocidas como la acupuntura, y ha tenido amplio eco en los grandes medios de comunicación, algunos de ellos de supuesto corte progresista.

Los mismos ministros que presentaron en flamante rueda de prensa el miércoles, 12 de noviembre en el Instituto de Salud Carlos III, el plan conjunto de Sanidad y Ciencia contra las pseudo-terapias no han tenido a bien explicar, en los mismos términos y con parecida pompa, en una nueva rueda de prensa la respuesta oficial recibida desde la Unión Europea a las propuestas realizadas desde su Gobierno. Por ello me veo en la obligación de transcribirlas textualmente en este artículo, pidiendo disculpas por ello, porque considero que para su conocimiento público la situación lo justifica.

Pregunta con solicitud de respuesta escrita a la Comisión Europea, código E-004948/2018, planteada el 28 de septiembre de 2018 por el Diputado socialista en el Parlamento Europeo, José Blanco López según el Artículo 130 del Reglamento y con asunto: ”Homeopatía”:

‹‹Recientemente el Gobierno español ha trasladado a la Comisión Europea la conveniencia de modificar la legislación vigente sobre la homeopatía. La Directiva 2001/83/CE por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano dispone que «toda regulación en materia de producción, distribución o utilización de los medicamentos debe tener por objetivo esencial la salvaguardia de la salud pública». En este contexto, el Gobierno español ha estimado contrario a la citada Directiva considerar los productos homeopáticos como medicamentos, al tiempo que ha considerado que ello produce confusión entre la población en relación con las propiedades de los productos y constituye un riesgo cada vez más notable para la salud de los consumidores.

1)         ¿Ha recibido la Comisión comunicaciones similares de otros Estados miembros en relación con la conveniencia de modificar la legislación vigente?

2)         ¿Prevé modificar las actuales definiciones de «medicamento» y «medicamento homeopático» recogidas en la Directiva 2001/83/CE y aprobar un marco regulador estandarizado que clarifique el escenario tanto a los profesionales sanitarios como a los ciudadanos?

3)         ¿Prevé prohibir los reclamos promocionales de eficacia, seguridad y calidad cuando no haya pruebas demostrables y reproducibles sobre los productos homeopáticos?››

 

Respuesta de fecha 23 de noviembre de 2018 del Sr. Vytenis Andriukaitis actual Comisario Europeo de Salud y Seguridad Alimentaria, en nombre de la Comisión Europea:

 

  • La Comisión no tiene constancia de solicitudes similares de otros Estados miembros para que se modifique la legislación actual sobre los medicamentos homeopáticos.

 

  • La Comisión considera que el marco normativo actual de los medicamentos homeopáticos tiene en cuenta su carácter específico y halla un equilibrio entre garantizar su calidad y seguridad e informar a los consumidores, incluyendo a los profesionales sanitarios, al tiempo que ofrece a los ciudadanos acceso a estos productos. En particular, los productores no asociarán las declaraciones de carácter clínico con los medicamentos homeopáticos sin que se haya demostrado su eficacia terapéutica. Además, la etiqueta de estos productos incluirá la indicación «medicamento homeopático sin indicaciones terapéuticas aprobadas» y una advertencia para que el usuario consulte a un médico si los síntomas persisten. La Comisión no tiene previsto en esta fase evaluar ni modificar la legislación sobre medicamentos homeopáticos.

 

  • La Directiva 2001/83/CE exige que tanto los medicamentos homeopáticos como los medicamentos convencionales se sometan al mismo control en términos de fabricación, distribución y vigilancia farmacológica y establece disposiciones de seguridad específicas para los medicamentos homeopáticos sin declaraciones de propiedades terapéuticas. La Directiva especifica qué información puede emplearse para anunciar dichos productos y no permite el uso de información relativa a su eficacia clínica.

Compete al Estado miembro supervisar que la publicidad de los medicamentos sea conforme a la legislación. Por último, los Estados miembros siguen teniendo libertad para adoptar acciones a escala nacional con el fin de incrementar la concienciación en torno a las características específicas de los medicamentos homeopáticos.

Mi ingenuidad no alcanza hasta el punto de no reconocer que este intento de difusión no llegará ni de lejos a la que tuvo en los medios nacionales la bravuconada ministerial. Siempre he considerado que no es demasiado ético lanzar la piedra y ocultar después el resultado, especialmente cuando se ha hecho el ridículo tan internacionalmente.

 

 

Temas

Este blog versa especialmente sobre la conservación de la naturaleza.

Sobre el autor

Soy biólogo y me gusta escribir. Pertenezco al pequeño grupo de ingenuos que todavía piensa que el estado de las cosas puede cambiar mediante la transmisión del conocimiento, la educación y la cultura. He publicado artículos en El Norte de Castilla desde el siglo pasado, siendo colaborador asiduo del periódico entre 2005 y 2010.