El Supremo ratifica una sentencia de la AP de Huesca que condena a cuatro años de cárcel a uno de los tres propietarios de un local de música en directo que no permitió conciliar el sueño —y por tanto conciliar la vida— a un matrimonio los fines de semana. Hay —muchos— quienes se lamentan de la cuantía desproporcionada de la condena. A mí me parece benigna en todo punto. ¿Qué pasa con los otros propietarios? ¿Por qué solo cuatro años? El infierno, de existir, sería la eternidad del ruido ajeno.