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Pedro Carasa

El Mirador de Clío

Delitos sin pleitos

       Inquieta la situación actual del poder judicial en España. No pretendo aportar aquí precisiones técnicas porque no soy jurista, sólo quiero observar como ciudadano e historiador, alzado en el Mirador de Clío que otea el presente desde el pasado, las sombras que sobre este poder del Estado proyectan estos últimos días el procés catalán y las negociaciones entre independentistas y socialistas.

ERC considera el poder judicial un instrumento represor del Estado y ha contagiado este desprecio en las reuniones de negociación con el Gobierno. La justicia de varios países europeos ha discrepado de la justicia española. Se han manipulado informaciones para desprestigiar el poder judicial como garante del bien jurídico y de nuestros derechos. Se ha infundido en los ciudadanos la desconfianza en el Estado y alimentado la sensación de una justicia española alejada de cánones europeos y con débil marchamo democrático. Lo ha agravado el líder socialista al ahondar las dudas de la calle por manejar la administración de justicia como moneda para alcanzar la investidura.

Proponen la politización de la justicia y la desjudicialización de la política. Ambas incluyen el nombramiento del CGPJ, el control de la abogacía del Estado, la designación de una exministra como fiscal general, la rebaja de la pena del delito de sedición, la desobediencia de las sentencias del TS y TC, el símbolo amarillo de presos políticos y exiliados, las leyes de desconexión, el ilegal referéndum de autodeterminación y la última ocurrencia de la co-capitalidad. Toda una intensa campaña para debilitar el poder estatal de condenar los delitos cometidos por los independentistas.

Todos los conflictos territoriales pasados se zanjaron ente nosotros con la guerra. El centralismo siempre tapó con las armas los problemas de identidad territorial de Cataluña y del País Vasco, desde la guerra de sucesión de 1714, las guerras carlistas, los intentos forales de la Gamazada navarra, la Semana Trágica de 1909, el catalanismo acallado en 1917, la república catalana de Macià en 1931, la ocupación militar del Bilbao rebelde en 1937, e incluso el eco del 23F que pensó levantar el ejército en Barcelona.

Afortunadamente, la democracia ha sujetado al ejército en sus cuarteles y el viejo militarismo ha sido sometido a la autoridad civil. Por eso hoy nadie plantea una solución militar al procés catalán. Los principios de legalidad y de seguridad jurídica del artículo 9 de la Constitución nos amparan. Ellos han acallado el ruido de sables y las armas ya no tutelan ni arbitran nuestra vida política. Ya no rige la ley de la selva, ni pervive el militarismo que ha enterrado varias veces la democracia. La lección histórica es que sólo el Estado de derecho resuelve los problemas de manera civilizada, exige la obediencia de la ley, bajo la garantía de un poder judicial independiente que denuncia, investiga, enjuicia y eventualmente condena a los que la vulneran.

Mientras la democracia nos conduce últimamente por este camino más tranquilizador de rechazar la militarización y exigir la judicialización, el separatismo y el populismo nos desvían ahora por el inseguro atajo de la politización de la justicia y de la desjudicialización de la política.

El procés catalán debe estar limpio de violencia militar o callejera, ha de abordarse con diálogo político y legal en asuntos administrativos y de gestión, y con la aplicación de la ley cuando se ha vulnerado. Ningún diálogo ni mediador puede acordar no aplicar la ley cuando un ciudadano, sea o no político, ha cometido un delito. No es posible limpiar delitos sin pleitos, ni menos aún premiarlos con privilegios cedidos en las negociaciones.

JxCat, ERC, En Comú Podem, CDR, ANC califican la sentencia del Supremo como una antidemocrática judicialización de la política y la consideran una represión del Estado. El encuentro entre PSOE-ERC, para desjudicializar la política, ha solicitado la reforma del Código penal para rebajar el tipo y la pena del delito de sedición y para alcanzar la inmediata libertad de los políticos condenados.

Son correctas varias formas de desjudicialización, habituales en la praxis judicial, que resuelven conflictos o delitos por la vía voluntaria del acuerdo, mediación, negociación, diálogo, conciliación, reparación o intermediación. Como dice el refranero, es mejor mala avenencia, que buena sentencia. Se mejora la administración de justicia desjudicializando actividades y conflictos que, aunque antes se atribuían a jueces y tribunales, no tenían un estricto carácter jurisdiccional y podían ser desplazados a otros ámbitos de resolución. Ocurrió así con algunas penas cometidas en la conducción de vehículos, que se despenalizaron como faltas y pasaron a ser infracciones administrativas. También se ha desjudicializado con altas tasas judiciales para reducir el número de procesos, evitar el excesivo paso del ciudadano por los tribunales y acudir a mediadores o al arbitraje. Se ha aplicado la mediación sobre todo en los juicios de familia y menores para proteger sus fuertes componentes afectivos.

Pero la desjudicialicazión de independentistas y socialistas es más insegura, porque pretende solucionar delitos por vía del pacto político que habitualmente deben resolverse por vía judicial. Nunca dos líderes o partidos negociando en una mesa podrán blanquear delitos como incumplir la Constitución y los Estatutos, convocar un referéndum de autodeterminación, arrogarse una soberanía unilateral o dictar leyes de desconexión.
A instancias de ERC, el presidente del gobierno Sánchez (que en campaña prometió una ley contra el referéndum unilateral) propuso después desjudicializar acortando la pena de delitos ya condenados. Hace tiempo que Tomás y Valiente escribió que la desjudicialización por decreto puede significar una amnistía apenas encubierta. Y así puede suceder cuando el poder ejecutivo, cautivo del pacto soberanista, se aviene a utilizar una reforma legal para evitar la cárcel de los ya condenados.

Para resolver los problemas territoriales inspiró seguridad y garantía el cambio histórico de excluir la bota militar y confiar en la toga judicial. Hoy, en cambio, muchos ciudadanos desconfían del salto al vacío y la inseguridad que supone una simple mesa de negociación partidista para blanquear la ruptura estructural del Estado, varias leyes anti-constitucionales y reiteradas desobediencias judiciales. Investigar y juzgar el incumplimiento de la ley no compete al poder ejecutivo, ni al ejército, ni a la calle, le corresponde únicamente al poder legislativo y al judicial.

 

Este artículo fue publicado en El Norte de Castilla del domingo, 16 de febrero de 2020.

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Sobre el autor

El Mirador de Clío está redactado por Pedro Carasa, un historiador que tratará de observar el presente desde la historia. Se evoca a Clío porque es la musa griega de la historia y de la poesía heroica, hija de Zeus y Mnemósine, personificación de la memoria. El nombre de mirador indica que la historia es una atalaya desde la que proyecta sus ojos el historiador, como un busto bifronte de Jano, que contempla con su doble mirada el pasado desde el presente y el presente desde el pasado.